¿Cumples el requisito de 2 años cotizados dentro de los últimos 15?
Para acceder a la pensión contributiva de jubilación no basta con haber cotizado 15 años en total.
Además, la normativa exige que al menos 2 de esos años estén comprendidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante (normalmente, la fecha en la que se solicita la jubilación).
Este requisito es independiente del total acumulado.
Es decir, una persona puede tener más de 20 años cotizados en su vida laboral y, aun así, no cumplir esta condición si no ha cotizado lo suficiente en los años recientes.
¿Por qué suele generar dudas?
Muchas personas han tenido:
- Periodos largos sin cotizar.
- Etapas de desempleo sin prestación.
- Trabajo intermitente o discontinuo.
- Cotizaciones antiguas, pero pocas recientes.
En estos casos, puede no estar claro si se alcanza el mínimo exigido dentro del periodo de los últimos 15 años. Y es precisamente ahí donde suele surgir la confusión.
¿Qué hace esta calculadora?
Esta herramienta:
- Analiza los 15 años anteriores a la fecha de referencia que indiques (por ejemplo, tu fecha prevista de jubilación).
- Suma únicamente los días cotizados que caen dentro de esa ventana temporal.
- Comprueba si alcanzas al menos 730 días (equivalente aproximado a 2 años).
- Te indica de forma clara si cumples o no el requisito.
El cálculo se realiza por días, lo que permite mayor precisión dentro de un enfoque orientativo.
Importante
El resultado es una estimación basada en las fechas que introduzcas.
No sustituye el informe oficial de vida laboral ni el cálculo realizado por la Seguridad Social.
Si estás cerca del mínimo exigido o tienes situaciones especiales (lagunas, cotización en el extranjero, convenios especiales, etc.), conviene confirmar siempre con datos oficiales.
¿Cumples el requisito de 2 años cotizados dentro de los últimos 15?
Añade tus periodos cotizados (inicio/fin) y selecciona una fecha de referencia (por ejemplo, la fecha prevista de jubilación). La herramienta calcula cuántos días cotizados tienes dentro de los 15 años anteriores a esa fecha y si alcanzas el mínimo orientativo de 2 años.
⚠️ Resultado orientativo. No sustituye el informe oficial de vida laboral ni el criterio oficial de la Seguridad Social.
