¿Cuándo deben pagarte el finiquito?

Plazos habituales para el pago del finiquito

Cuando termina una relación laboral, una de las dudas más habituales es cuándo deben pagar el finiquito y qué ocurre si la empresa se retrasa o no lo abona. La falta de información clara puede generar inseguridad y decisiones precipitadas.

En este artículo explicamos cuáles son los plazos habituales para pagar el finiquito, qué dice la práctica laboral y qué opciones existen si hay retraso o impago, con un enfoque informativo y prudente.

Aviso informativo
Este contenido es orientativo y no sustituye el asesoramiento profesional ni la aplicación del convenio colectivo o de la normativa vigente a cada caso concreto.


No existe un único plazo cerrado y universal para todos los casos, pero la regla general es clara:

El finiquito debe abonarse cuando finaliza la relación laboral, es decir, en la fecha de efectos del despido, fin de contrato o baja voluntaria, o en un momento muy próximo a esa fecha.

En la práctica, lo habitual es que:

  • Se pague el último día de trabajo, o
  • Se abone junto con la última nómina, o
  • Se entregue en los días inmediatamente posteriores, si la empresa necesita tiempo para calcularlo.

Aunque la ley no fija un número exacto de días, estos son los escenarios más comunes:

  • Despido o fin de contrato: el finiquito suele pagarse el mismo día o en fechas cercanas.
  • Baja voluntaria: puede abonarse junto con la última nómina, respetando la operativa habitual de la empresa.
  • Cálculos complejos: en algunos casos (variables, comisiones, regularizaciones), el pago puede demorarse razonablemente, pero no indefinidamente.

Un retraso breve y justificado no siempre implica irregularidad, pero la empresa no puede demorar el pago sin causa.


Si el finiquito no se paga en el momento habitual, conviene analizar la situación con calma:

  • Retrasos leves: pueden deberse a gestiones administrativas o cierres de nómina.
  • Retrasos prolongados: pueden indicar un problema que conviene abordar cuanto antes.

En cualquier caso, el trabajador mantiene su derecho a reclamar las cantidades pendientes, incluso aunque haya firmado la documentación de salida.


Si el finiquito no se abona o existen diferencias importantes, estas son las opciones habituales, de menor a mayor intensidad:

  1. Solicitar el desglose por escrito a la empresa o gestoría.
  2. Reclamar el pago pendiente, aportando cálculos y documentación (nóminas, vacaciones, contrato).
  3. Valorar una reclamación de cantidad, si el impago persiste.

Es importante no dejar pasar el tiempo, ya que las reclamaciones económicas derivadas del contrato están sujetas a plazos.


Con carácter general, las reclamaciones de cantidades salariales (incluido el finiquito) están sujetas a un plazo de un año desde que la cantidad es exigible.

Este plazo puede variar según el concepto concreto, por lo que es recomendable actuar cuanto antes si detectas un impago o error.


Antes de reclamar, conviene revisar si el importe es correcto:

  • Días trabajados pendientes.
  • Vacaciones no disfrutadas.
  • Pagas extra, si corresponde.
  • Otros conceptos ya devengados.

Como apoyo orientativo, puedes utilizar una calculadora de finiquito, que te permita estimar si las cantidades encajan con tu situación antes de contactar con la empresa.


Algunos errores habituales son:

  • Pensar que el finiquito se puede pagar “cuando la empresa quiera”.
  • Confundir finiquito con indemnización.
  • No revisar el cálculo antes de reclamar.
  • Esperar demasiado tiempo para actuar.

Evitar estos errores facilita una resolución más rápida.



El finiquito debe pagarse al finalizar la relación laboral o en fechas muy próximas, y cualquier retraso prolongado conviene revisarlo. Conocer los plazos habituales y tus opciones te ayuda a actuar con seguridad y sin improvisaciones.

Si estás en este proceso, revisa el cálculo con calma, consulta nuestras guías relacionadas y apóyate en la calculadora de finiquito para comprobar los importes antes de tomar decisiones.

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